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Código Penal Artículo 43 ter Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Penal Chihuahua
Artículo 43 ter.

Con independencia del que se pueda causar en otros, se presume la existencia de daño moral en los siguientes delitos:

I. Tráfico de menores cuando se realice a cambio de un beneficio económico;

II. Violencia familiar;

III. Violación en cualquiera de sus formas de comisión;

IV. Abuso sexual mediante violencia o cuando se trate de persona menor de edad o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho; y

V. Privación de la libertad personal agravada.



Estado de Chihuahua Artículo 43 ter Código Penal
Artículo 1 ...43 43 bis 43 ter 44 45 ...374

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